Navegar por el complejo panorama del comercio internacional requiere una sólida comprensión de los diversos términos comerciales, comúnmente conocidos como Incoterms (Términos Comerciales Internacionales). Estos términos son definiciones estandarizadas establecidas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) para facilitar el comercio global, aclarando las responsabilidades de compradores y vendedores en las transacciones de bienes. A continuación, se presenta una explicación de algunos de los términos comerciales más utilizados:
1. EXW (Ex Fábrica)
Ex Works Significa que el vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, almacén, etc.). El vendedor no necesita cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida ni despacharla para la exportación, cuando dicho despacho sea aplicable.
2. FOB (franco a bordo)
Libre a bordo Indica que el vendedor debe cargar la mercancía a bordo del buque designado por el comprador, dividiendo los gastos y riesgos en la borda del buque. El vendedor debe despachar la mercancía para su exportación. Este término solo se puede utilizar para el transporte marítimo o fluvial.
3. CIF (Costo, Seguro y Flete)
Costo, seguro y flete Significa que el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque o la obtiene ya entregada. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transmite cuando esta se encuentra a bordo del buque, y el vendedor debe contratar y pagar los costos y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido. El vendedor también contrata un seguro marítimo contra el riesgo del comprador de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
4. DAP (Entrega en el lugar)
Entregado en el lugar Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada, lista para su descarga en el lugar de destino convenido. El vendedor asume todos los riesgos inherentes al transporte de la mercancía hasta el lugar especificado.
5. DDP (Entrega con derechos pagados)
Entregado con derechos pagados Significa que el vendedor entrega la mercancía cuando esta se pone a disposición del comprador, despachada para la importación en el medio de transporte de llegada, lista para su descarga en el lugar de destino convenido. El vendedor asume todos los costes y riesgos inherentes a la llegada de la mercancía al lugar de destino y tiene la obligación de despacharla tanto para la exportación como para la importación, pagar los derechos correspondientes tanto a la exportación como a la importación y realizar todos los trámites aduaneros.
6. FCA (Franco transportista)
Free Carrier Especifica que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista designado por el comprador en el lugar convenido. Es importante tener en cuenta que el lugar de entrega elegido afecta las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en dicho lugar. Si la entrega se realiza en las instalaciones del vendedor, este es responsable de la carga. Si se realiza en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.
Comprender estos términos ayuda a las partes involucradas en el comercio internacional a definir claramente sus responsabilidades, reduciendo el riesgo de complicaciones legales y garantizando procesos de transacción más fluidos. La CCI actualiza y perfecciona periódicamente estos términos para adaptarse a los cambios en las prácticas comerciales globales. Para obtener una visión general más detallada y actualizaciones, se recomienda consultar directamente las directrices de la Cámara de Comercio Internacional sobre Incoterms.